La medida, establecida a través de la firma del Decreto Nº 1287, contempla la situación de padres y madres que, para cumplir las obligaciones parentales, deban trasladarse entre ciudades con distinto status sanitario, inclusive fuera de los límites departamentales.
Esta determinación se aplicará privilegiando y protegiendo el interés superior de los niños, niñas y adolescentes rionegrinos.
Se dispuso exceptuar del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular al traslado de los niños, niñas y adolescentes al domicilio de su madre o padre o viceversa.
Se encuentran habilitados para realizar estos traslados los progenitores, progenitoras o referentes afectivos que hayan estado conviviendo con el niño, niña o adolescente al momento de disponerse el aislamiento.
Las personas alcanzadas por esta excepción deberán tramitar el permiso correspondiente a través de la aplicación CirculacionRN