La Dirección de Bosques, dependiente de la Subsecretaria de Recursos Forestales del Ministerio de Producción y Agroindustria informó que la actividad deberá informarse ante los Servicios Forestales que correspondan en cada localidad en el marco de la vigencia de la Disp. 64/03 de la Dirección de Bosques de Río Negro, en Jurisdicción Andina.
La omisión de esta información, dará lugar a sanciones de multa según lo establece la Ley Q 757 y modificatorias. La Dirección de Bosques de Río Negro trabaja para el cumplimiento de la misma, en pos del cuidado del territorio y los bosques provinciales.