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Convocatoria a productores mineros para renovar su inscripción en el Registro Provincial

El próximo 1 de marzo vence el plazo para que los productores mineros que operan en Río Negro completen el trámite de inscripción o renovación anual en el Registro Provincial de Productores Mineros.

Fecha: 22 de febrero de 2017

“Se trata de un procedimiento de carácter obligatorio que nos ayudará a definir las políticas para el sector”, resaltó el secretario de Minería rionegrino, Juan Pablo Espínola.

Si bien formalmente el plazo límite es el 28 de febrero, por ser este año un día no laborable, se corrió el vencimiento al primer día hábil posterior.

Se entiende por productores mineros a los propietarios, concesionarios y arrendatarios de minas o canteras, a los que explotan en aprovechamiento común y a todos aquellos legalmente facultados para extraer sustancias minerales de minas o canteras registradas o concedidas. También se consideran productores mineros a las personas o empresas dedicadas al tratamiento, trituración, molienda, concentración o beneficio de minerales.

El Registro actual cuenta con 235 productores con una fuerte predominancia de los de tercera categoría, en especial extracción de áridos. Según datos provenientes de ese registro, alrededor del 40% de los derechos mineros declarados corresponden a yacimientos activos con producción.

El trámite se completa presentando el correspondiente formulario de inscripción, que puede ser descargado de la web de la Secretaría de Energía (www.energia.rionegro.gov.ar) o retirado de la sede de Minería, en Garrone 156 de Viedma. Se lo debe acompañar de un sellado del Banco Patagonia de $104.

Si el trámite no se completa antes de la fecha prevista por el Código de Procedimientos Mineros (Ley Q 4.941), el productor será automáticamente dado de baja, quedando inhabilitado para la entrega de guías de transporte de minerales.

A su vez, se recuerda que también es obligatoria la presentación de la Encuesta Anual de Producción Minera antes de la misma fecha. La información suministrada allí está amparada por el secreto estadístico, por lo que será confidencial y sólo será utilizada con fines estadísticos. La falta de este trámite hará que caduquen en forma automática las guías de tránsito de minerales que están en poder de los productores mineros involucrados.

 

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